Fortalecimiento de la normativa ambiental | Pérez del Castillo & Asociados - Attorneys, Notaries and Accountants

Fortalecimiento de la normativa ambiental

Resumen de los cambios regulatorios más relevantes del 2025

En 2025 se robustece y moderniza el régimen legal ambiental que aplica a actividades productivas en nuestro país, con foco en control, adecuación de sanciones y economía circular. 

Por un lado, el Decreto Nº22/025 actualizó el régimen sancionatorio del sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y Autorizaciones Ambientales, adecuando las multas al máximo legal (hasta 100.000 U.R.) y estableciendo categorías de con criterios de graduación según impacto ambiental y reincidencia. 

A su vez, el Decreto Nº226/025 renovó la normativa sobre prevención de la contaminación y calidad de aguas superficiales y subterráneas, introduciendo objetivos de calidad, límites de vertido, gestión por cuencas y nuevas exigencias en materia de autorizaciones, responsables técnicos y plazos.

Complementariamente, se reforzaron los regímenes sectoriales y territoriales de protección ambiental, así como las obligaciones operativas de determinados rubros (Decretos Nº170/025 y Nº228/025 ampliaron la protección de áreas naturales y humedales, con restricciones para obras, forestación y actividades extractivas). 

En materia de residuos, el Decreto Nº213/025 estableció un régimen específico para residuos de construcción y demolición, imponiendo planes de gestión, segregación en origen, trazabilidad y entrega a operadores registrados. Asimismo, el Decreto Nº227/025 creó un marco integral para la gestión de baterías usadas, con responsabilidad extendida del productor y metas de recuperación, mientras que en el sector automotor también se introdujeron ajustes relevantes.

Analizamos cada norma a continuación. 

1. Autorizaciones ambientales y régimen sancionatorio 

El Decreto Nº22/025 actualiza el régimen de sanciones del Decreto N°349/005. 

Las infracciones se consideran de leves a graves en función del grado de apartamiento de las obligaciones y de los antecedentes administrativos de los involucrados. Se considerarán infracciones muy graves, aquellas en que la afectación al ambiente implique efectos de una especial o amplia extensión espacial o de prolongación temporal, afecte elementos del medio de alto valor ecosistémico o haya producido efectos ambientales irreversibles.

Las multas serán aplicadas según los siguientes criterios:

  1. Por cada infracción considerada leve, entre 10 y 5.000 UR.
  2. Por cada infracción considerada grave, entre 200 y 60.000 UR.
  3. Por cada infracción considerada muy grave, entre 10.000 y 100.000 UR.

El monto de la multa se establece en cada caso en particular, en función de la magnitud o gravedad de la infracción y sus consecuencias ambientales, así como el carácter de primario o reincidente del infractor.

Los demás antecedentes del infractor y su presentación espontánea a regularizar, en el caso de infracciones meramente administrativas sin consecuencias ambientales, podrán constituir atenuantes para la determinación del monto de la multa.

2. Actualización normativa sobre prevención y control de contaminación de las aguas 

El Decreto Nº226/025 adecua una regulación que comprende los avances de la ciencia y cambios en la producción. Dispone objetivos de calidad y condiciones para actividades potencialmente contaminantes.

Regula, con una mirada integral, no solo los vertidos, sino que actualiza estándares de calidad y parámetros de control, e incorpora nuevos contaminantes y sustancias antes no reguladas.

Incorpora el agua subterránea y promueve su investigación para la mejora de su conocimiento.

Incluye no sólo fuentes puntuales de contaminación (industrias, saneamiento, tambos), sino también la contaminación difusa vinculada a actividades productivas como la agricultura.

Las actividades alcanzadas deberán contar con un profesional competente como responsable técnico del proyecto de gestión de sus aguas residuales. 

3. Gestión de residuos de obras de construcción, reforma o demolición 

El Decreto Nº213/025 tiene un impacto directo en las empresas involucradas en los desarrollos de construcción. Esto en la medida que regula obligaciones y responsabilidades en cuanto al tratamiento y disposición de los residuos. 

Regula la gestión integral de los residuos, su clasificación, reúso, reciclado, valorización, almacenamiento, tratamiento, transporte y disposición final.

Promueve la reutilización de materiales, la economía circular y una gestión a través de operadores habilitados. Exige mantener registros y aplicar sistemas de trazabilidad. Dispone la presentación de planes de gestión para las obras que requieren permisos,

Regula la responsabilidad al generador del residuo, esto es el titular de las obras o permisos de construcción.

4. Gestión de baterías usadas o a ser desechadas 

El Decreto Nº227/025 amplía el alcance de la regulación a las baterías de movilidad eléctrica.

Regula obligaciones y responsabilidades que aplican a fabricantes, importadores, distribuidores, puntos de venta, transportistas y usuarios. Exige el registro, la adhesión o creación de un plan maestro de gestión, trazabilidad y cumplimiento de metas de recuperación.

Establece la obligación de recibir de los usuarios sin costo las baterías utilizadas y disponerlas conforme al plan maestro de gestión.

5. Donaciones de alimentos para el consumo humano 

El Decreto Nº179/025 promueve la donación de alimentos aptos para consumo, evitando su desperdicio y destinándolos a quienes los necesitan. Establece beneficios fiscales para las empresas donantes, incentivando su participación y compromiso.

Dispone la obligación de registrar toda la información de las donaciones de forma de garantizar la trazabilidad y transparencia.

Declaración de Humedales de Importancia Ambiental e incorporación de las Islas Queguay al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas

6. Los Decretos Nº228/025 y Nº170/025 abordan lo titulado. 

Se regula la protección de los humedales reconociendo su importancia para la conservación de la biodiversidad y la provisión de servicios ecosistémicos.

Establece 37 humedales de importancia ambiental totalizando 800.000 hectáreas protegidas, en las cuencas Santa Lucía, Río Negro, Río de la Plata, Laguna Merín y Océano Atlántico.

Prohíbe la desecación, el drenaje y cualquier obra o actividad que altere el régimen hidrológico o implique pérdida de vegetación natural, asegurando la integridad de los ecosistemas.

Regula la autorización ambiental previa para intervenciones en humedales no declarados de importancia ambiental cuando superen las 50 hectáreas.

Impulsa la creación de un registro de humedales de importancia ambiental para mejorar su identificación, gestión y protección a nivel nacional.

La incorporación de las Islas del Queguay al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas contiene prohibiciones específicas vinculadas a urbanizaciones, infraestructura alterante, forestación con exóticas, introducción de fauna/flora, vertidos contaminantes y alteración hídrica, entre otras.