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February 05, 2021

Real estate en Uruguay

La inversión más segura de la región.

En un contexto de crisis política, económica, social y sanitaria en la región, Uruguay se presenta como un ecosistema de negocios propicio para la inversión. Compartimos la entrevista realizada por la Revista Vive Uruguay al Esc. Gustavo Di Genio, sobre las ventajas y beneficios de invertir en tierras orientales.

¿Cuáles son las ventajas o beneficios de invertir en Uruguay?

Realmente muchas. Uruguay tiene una fuerte estabilidad política y social, con una democracia consolidada, tasas de crecimiento económico constante, reglas de juego claras y seguridad jurídica, que en conjunto constituyen un importante diferencial en la región, generando confianza y un clima de negocios propicio para los inversores extranjeros.

Particularmente, para el argentino, Uruguay es una plaza cercana y segura para la colocación de sus ahorros y realización de negocios, con rendimientos competitivo y ciertas flexibilizaciones en materia de residencia fiscal que invitan.

¿Qué opciones existen para invertir en bienes inmuebles en Uruguay?

Hay varias formas de invertir en el país, que pueden adaptarse a las distintas necesidades u oportunidades que buscan los clientes.

En materia de inmuebles urbanos o suburbanos, es atractiva la participación en diferentes emprendimientos inmobiliarios que se desarrollan en Montevideo, Punta del Este y Colonia (adquisición de apartamentos en construcción o en el pozo, por ejemplo), o la ejecución de proyectos propios con importantes y atractivos beneficios fiscales.

Los clientes extranjeros también pueden adquirir y/o explotar inmuebles rurales en Uruguay, los cuales son reconocidos por su gran calidad productiva y paisajes naturales. Los destinos de los campos van desde la vivienda y recreación hasta la explotación agrícola – ganadera, ya sea para el disfrute o producción propia o el arrendamiento a terceros.

¿Existen promociones a la inversión para extranjeros?

El régimen de promoción de inversiones se encuentra previsto en la Ley 16.906, que declara de interés nacional la promoción y protección de inversiones realizadas por nacionales y extranjeros en el país, pudiéndose obtener importantes beneficios impositivos.

La aplicación de dicha ley a través del Decreto 138/020, importa la promoción de actividades de construcción para la venta o arrendamiento de inmuebles con destino a oficinas o vivienda, y las urbanizaciones de iniciativa privada, correspondientes a proyectos de gran dimensión económica.

Se consideran proyectos de gran dimensión económica aquellas construcciones que tengan un valor de obra civil y bienes muebles destinados a áreas de uso común superior a sesenta millones de Unidades Indexadas -aproximadamente US$ 6.500.000-, umbral que pretende ser disminuido -a aproximadamente US$ 2.000.000- para estimular la construcción y generar mano de obra, según expresó el propio Presidente de la República, Dr. Luis Lacalle Pou.

Los beneficios a los cuales pueden acogerse las empresas cuyas inversiones sean promovidas por el Poder Ejecutivo, incluyen importantes exoneraciones del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE), exención del Impuesto al Patrimonio (IP) por los inmuebles comprendidos en la actividad, recuperación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) pago en compras de materiales y servicios, y exoneración de tributos a la importación de bienes muebles del activo fijo no competitivos con la industria nacional.

¿Qué vehículos jurídicos pueden utilizarse para la inversión inmobiliaria?

Los extranjeros pueden actuar como personas físicas, a través de participaciones en sociedades comerciales (sociedades anónimas o sociedades por acciones simplificadas, por ejemplo) o como integrantes de fideicomisos inmobiliarios. De acuerdo con cada estructura de negocios, se deberá analizar el tratamiento jurídico correspondiente, siéndole aplicables las normas (tributarias, compliance, etc.) que correspondan.

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