Extensión a diez años de la vigencia de los registros sanitarios
Cuarta entrega de la serie sobre el Proyecto de Ley de Competitividad y Reducción del Costo de Vida
El Proyecto de Ley de Productividad propone extender de 5 a 10 años la vigencia de los registros sanitarios y fitosanitarios.
En concreto, prevé que todo certificado de registro de mercaderías habilitante para su comercialización en Uruguay pasará a tener una vigencia mínima de 10 años, salvo excepciones fundadas en razones técnicas, sanitarias o ambientales. La renovación, cumplido el plazo, se tramitará con una declaración jurada de que no cambiaron las condiciones técnicas del registro original.
Lo que no cambia: los registros preexistentes mantienen su plazo original
Una empresa con un registro vigente por 5 años, obtenido bajo el régimen actual, no pasa automáticamente a regir por 10 años el día que la ley entre en vigencia. El beneficio aplicará solamente a los registros nuevos y a las renovaciones futuras, no retroactivamente. Esto tiene un efecto práctico: puede convenir evaluar el timing de renovaciones que estén por vencer, para aprovechar el nuevo régimen en la primera renovación posterior a la entrada en vigencia de la ley, en lugar de renovar bajo el régimen actual.
La declaración jurada traslada la responsabilidad de la verificación al declarante
Renovar por declaración jurada será más rápido y eficiente, pero quien firma la declaración estará certificando que las condiciones técnicas de los productos no cambiaron. Si resulta que cambiaron y no se declaró el cambio correspondiente, el registro renovado quedará expuesto a la fiscalización posterior de la Administración, con las consecuencias sancionatorias que ello implica, ya no bajo la lógica de “no lo revisaron a tiempo”, sino de “se declaró algo que no era cierto”.
Aplicación práctica
Considerando la probable aprobación del Proyecto, sugerimos:
Preparar un calendario de vencimientos de registros sanitarios, fitosanitarios, técnicos y ambientales de su empresa, destacando cuáles vencen en los próximos 12-18 meses: estos son los que probablemente se beneficiarán primero del nuevo plazo de vigencia de los registros.
Si el proyecto es aprobado, antes de firmar cualquier declaración jurada de renovación, hacer un relevamiento técnico interno para asegurase de que las condiciones no cambiaron.
Si resulta que el producto en cuestión tuvo modificaciones menores (proveedor de un insumo, proceso productivo, packaging) durante la vigencia del registro, evaluar si corresponde declarar la modificación antes de la renovación, en lugar de renovar como si nada hubiera cambiado.
Identificar si los productos de su empresa se encuentran en categorías que la reglamentación pueda excluir del plazo de 10 años (razones técnicas, sanitarias o ambientales), no asumiendo que el beneficio es automático en todos los rubros.
Comentario
El beneficio propuesto por el Proyecto de ley de Productividad, largamente reclamado por el sector empresarial, es real y valioso, pero no es gratis: propone sustituir una carga de verificación estatal por una carga de veracidad declarativa, incrementando la responsabilidad de los usuarios. En ese sentido, deberá, en cada caso, calcular cuándo conviene entrar al nuevo régimen y con qué respaldo técnico interno.