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10 de Mayo del 2024

Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo ante el MSP

Reciente ordenanza del Ministerio de Salud Pública creó un registro en el que inscribir a los responsables de los servicios.

El Ministerio de Salud Pública, dictó la Ordenanza N° 324/024 referente al Sistema de relevamiento electrónico para todos los Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo. Se funda en el Convenio de la OIT Nº 155 y los Decretos 127/014, 126/019 y complementarios.

Obligación de Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo

La ordenanza recuerda qué empleadores están obligados a contratar los Servicios:

  • las empresas con entre 5 y 50 trabajadores cumplen en principio contando con un plan de prevención de riesgos laborales elaborado por un técnico o profesional en prevención y salud ocupacional externo, que deberá valorarse cada seis meses o cada vez que cambien las condiciones de trabajo, pudiendo ser recomendado que la empresa disponga de un servicio de carácter permanente.
  • las empresas con entre 50 y 300 trabajadores deberán contar con un servicio que podrá ser externo, integrado por al menos un Médico y un Técnico Prevencionista o Tecnólogo en Salud Ocupacional, el que intervendrá en forma trimestral como mínimo.
  • las empresas con más de 300 trabajadores deberán contar con un servicio integrado al menos por un Médico y un Técnico Prevencionista o Tecnólogo en Salud Ocupacional, pudiendo ser complementado por Psicólogo y personal de Enfermería.

Registro Electrónico

Se crea un sistema de relevamiento electrónico ante el MSP para todos los Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo el cual ya se encuentra vigente. El registro tendrá formato electrónico, y será de acceso gratuito a través de la página web del Ministerio, gestionado por la División Salud Ambiental y Ocupacional.

Inscripción y trámite

Las empresas deberán inscribir a los responsables del Servicio, lo que deberá ser actualizado anualmente por la empresa o siempre que se genere un cambio en el responsable del Servicio, todo lo cual tendrá carácter de declaración jurada.

Para realizar el trámite online se debe contar con usuario gub o con otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad, debiendo proveerse los datos de la empresa y la información sobre los Servicios. Posteriormente se podrá realizar el seguimiento a través de “Trámite en Línea” en la página del MSP.

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