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11 de Febrero del 2022

Teletrabajo como medida de protección de los primeros mil días de vida

El pasado 8 de febrero de 2022 se ingresó en la Cámara de Representantes un Proyecto de Ley titulado “Teletrabajo como herramienta de apoyo para la protección de los primeros mil días de vida.

 

El Proyecto establece que toda trabajadora embarazada que por la naturaleza de la actividad que desarrolle no se vea impedida de realizar su trabajo a distancia, gozará del derecho de teletrabajar durante todo el embarazo. Se exigirá a tales efectos la debida acreditación de su situación de embarazo mediante certificado del médico correspondiente.

Adicionalmente, propone que toda trabajadora con hijos biológicos o adoptivos, o que reciba tenencia de menores con fines de adopción, cuya actividad no se vea impedida de ser realizada a distancia conforme la naturaleza de la misma, tenga idéntico derecho al mencionado en el párrafo anterior, desde el nacimiento y hasta los 2 años del menor. Se establece que el plazo pueda extenderse hasta los 3 años del menor siempre que exista común acuerdo entre la trabajadora y el empleador.

Se plantea la posibilidad de que este beneficio pueda ser utilizado indistintamente por la madre o el padre -siempre que la actividad de este último no se vea impedida de ser realizada a distancia-, o incluso en forma alternada entre ambos por períodos mínimos de seis meses y a solicitud o conformidad expresa de la madre.

Fuera de los casos mencionados, esto es, si por la naturaleza de la actividad de la trabajadora la misma se viera impedida a realizar su trabajo a distancia, el Proyecto propone que la funcionaria pueda solicitar al empleador que -en la medida de lo posible-, le asigne tareas que puedan ser efectuadas a distancia. Se exige en este caso que las tareas asignadas no impliquen desmedro de su labor, que sea un cambio temporal, y que en cualquier caso exista conformidad de la funcionaria.

En la exposición de motivos del Proyecto se establecen las razones que motivaron la presentación del mismo, disponiéndose que el trabajo a distancia para las embarazadas y para las madres y padres con menores de hasta dos años de edad, favorece una mejor compatibilización entre la vida personal y laboral, contribuyendo a proteger la familia, el embarazo, la lactancia, la niñez, la natalidad, así como a mejorar el desarrollo de toda la sociedad por los beneficios implicados

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